Por Loida Sánchez
SANTO DOMINGO. La Cámara de Cuentas
de la República Dominicana envió a la Procuraduría General de la República la
lista con los nombres de los funcionarios que no hicieron su declaración jurada
de patrimonio en cumplimiento con la Ley 311-14.
En la comunicación remitida al
procurador Francisco Domínguez Brito, la presidenta del organismo Licelott
Marte de Barrios, hace constar que dichos funcionarios designados, ratificados
y en algunos casos que han cesados en sus funciones se hacen pasibles a sanciones.
En ese mismo orden, le fue remitido
un documento con los nombres de los funcionarios que sí cumplieron con las
disposiciones legales de rendir sus cuentas.
“En la elaboración de dicho listado,
se ha tomado en cuenta la información que ha sido presentada por el Poder
Ejecutivo, así como las informaciones que han podido captar, ante las
instancias respectivas, dicha Oficina de Evaluación y Fiscalización del
Patrimonio de Funcionarios Públicos”, refiere la misiva fechada el pasado día
9.
Aclara, que en caso de que se hayan
omitido algunos nombres de funcionarios, los mismos serían remitidos a la mayor
brevedad posible.
El pasado martes, la Cámara de
Cuentas fue intimada mediante acto de alguacil, para que en un plazo de 15 días
enviara al Ministerio Público los nombres de los funcionarios que no cumplieron
con la Ley 311-14 sobre Declaraciones Juradas de Patrimonios.
La medida fue adoptada por la
Fundación Justicia y Transparencia, que argumentó que la Cámara de Cuentas ha
actuado con negligencia en el caso.
Informes extraoficiales dan cuenta
que unos 48 funcionarios depositaron su declaración de patrimonio, 12 estarían
en proceso de hacerlo, y faltarían unos 50 por rendirla. Según la presidenta de
la Cámara de Cuenta, unos 110 funcionarios debían acogerse a la nueva Ley
311-14, que plantea que deben de declarar sus bienes 30 días siguientes a su
designación, ratificación, así como en caso de destitución.
Acorde a la Ley 311-14 son
pasibles de destitución los funcionarios públicos designados, ratificados o
cesados que no hayan hecho sus rendiciones de cuenta. Indica que los no
declarantes deben ser remitidos a la Procuraduría General de la República, tras
la derogada Ley 82-79, del 8 de agosto pasado cuando entró en vigencia la ley
311.14.
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