POR: ELVI PAREDES
´´En las sociedades antiguas, alcanzar edades
avanzadas significaba un privilegio, una hazaña que no podía lograrse sin la
ayuda de los dioses, por tanto, la longevidad equivalía a una recompensa divina
dispensada a los justos.´´
En la República Dominicana, el artículo 57 de la Constitución
establece que “La familia, la sociedad y el Estado concurrirán para la
protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su
integración a la vida activa y comunitaria. El Estado garantizará los servicios
de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de
indigencia”.
Esa disposición constitucionaliza los derechos de las
personas de la tercera edad y refuerza la ley 352-98 Sobre Protección de la
Persona Envejeciente.
Sería importante saber qué está haciendo, o que hace el
Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE), en materia de definición
de políticas, que contribuyan a la protección de los adultos mayores en la República
Dominicana.
De acuerdo con la ley 352-98 sobre Protección de la Persona
Envejeciente, el CONAPE “actuará
como organismo oficial en materia de definición y ejecución de políticas
nacionales sobre la población envejeciente. Tendrá competencia sobre
instituciones públicas y privadas de atención al Envejeciente que tengan
reconocimiento legal.”
Este organismo tiene el deber y
la obligación de elaborar y avanzar propuestas para la mejora de las políticas
en favor de esta población, fiscalizar y supervisar la labor de los centros de
atención a los envejecientes y fomentar la difusión de las leyes que tengan que
ver con las personas mayores de sesenta y cinco años (65). Cuenta o debe contar
con una línea disponible 24 horas para recibir
reclamos.
Señala dicha legislación que ´´En caso de infracciones o falta contra esos
derechos, el CONAPE podrá imponer
sanciones que van desde la amonestación escrita hasta la suspensión de la
autorización de funcionamiento o clausura de la institución que cometió la
falta. Además, “deberá interponer una denuncia ante las autoridades
correspondientes, cuando tenga conocimiento de la comisión de cualquier delito
que lesione los derechos del(a) envejeciente.´´
Pero, la
preocupación por la población de adultos mayores o Envejeciente se inicio en el
marco del Plan de Acción Internacional de Viena sobre el Envejecimiento,
celebrado en 1982, donde se define la política a seguir para poder encontrar
soluciones jurídicas a los temas de mayor interés, tales como seguridad de
ingresos y empleo, bienestar, salud, educación y protección de los consumidores
ancianos.
Estas medidas trajeron como consecuencia la redacción y
aprobación de los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de
edad, mediante la resolución 46/91 del 16 de diciembre de 1991. Tales
principios abarcan 5 temáticas esenciales, que son: independencia,
participación, cuidados, autorrealización y dignidad
En 2002 se celebró la Segunda Asamblea Mundial sobre Envejecimiento en
Madrid y se aprobó un Plan de Acción Internacional para responder a las
necesidades de esta población en el siglo XXI. Además, la ONU declaró el día 1
de octubre como el día internacional de las personas mayores mediante la
resolución 45/106 del 14 de diciembre de 1990.
Posiblemente usted, querido lector, tiene su abuelo,
posiblemente usted, es un adulto mayor, posiblemente usted, (al igual que yo),
fue criado por sus abuelos.
Yo fui criado por mis abuelos queridos y adorados, María de
los Ángeles Fermín y Luis Paredes Cordero, y me siento muy orgulloso de ello.
Para mí, la formación, la educación, los valores aprendidos, son infinitamente invaluables.
Mis abuelos me enseñaron el valor de amar y temer a DIOS ante
todo, el valor de la verdad, el valor de la confianza, el valor de la
honestidad, el valor de la solidaridad, el valor del respeto a los mayores, el
valor del respeto al vecino, el valor del respeto al maestro, el valor de amar
y cuidar la naturaleza, el valor de amar y cuidar a los animales, el valor de
la responsabilidad, el valor e importancia de la educación, el valor del amor a
la PATRAIA, de honrar nuestra BANDERA, nuestro HIMNO NACIONAL, nuestro ESCUDO
NACIONAL y fue mi abuelo querido y adorado, quien me enseño,…quien me
afeito por vez primera.
Es por ello, que constituye para mi, un drama desgarrador, el
ver ancianos pidiendo en calles y esquinas, el verlos dormir en el duro piso de
una calzada, o del banco de un parque cualquiera.
ESO NO ES POSIBLE. ESO NO
PUEDE SER. ESO NO PUEDE CONTINUAR PASANDO EN LA REPÚBLICA DOMINICANA.
Y no puede ser, porque el desarrollo de la economía de la República
Dominicana ha avanzado de manera exponencial, al pasar en 1996, de un Producto
Interno Bruto de poco más de 21 mil millones de pesos, a más de 600 mil
millones al 2014.
No es posible mantener en la miseria, a ciudadanos
dominicanos que lo dieron todo por su país. A ciudadanos dominicanos que
pagaron sus impuestos, que dieron sus mejores años por el progreso de la República
Dominicana.
El Estado Dominicano puede y debe garantizar un hogar, un
ingreso estable, medicamentos y disfrute de la cultura y de transporte
gratuito, a todo ciudadano dominicano, Envejeciente o adulto mayor.
Cada adulto mayor de 65 años que así lo requiera o necesite,
debe tener una tarjeta otorgada por el
Estado Dominicano, que le garantice la exoneración del pasaje en el Metro, y en
el sistema público de transporte, así como el ingreso a museos y actividades
culturales.
Es lo menos que podemos hacer por aquellos hombres y mujeres
que lo dieron todo (y muchos están dispuesto a empuñar las armas para defender
la patria), por el engrandecimiento de la República Dominicana.
Así que manos a la obra, Sr. Gobierno.
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