FJT pide a la AMET ejecutar sentencia del TC y entregar al día de hoy
los vehículos apresados ilegalmente
Por: Loida Sánchez
SANTO
DOMINGO.-La Fundación Justicia y Transparencia (FJT), celebró este miércoles la
decisión del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, al disponer
mediante sentencia con carácter vinculante para todos los poderes del estado,
la prohibición de la práctica abusiva, ilegal, inconstitucional y violatoria a
los derechos fundamentales de los dominicanos y dominicanas perpetrada por la
autoridad metropolitana del transporte, (AMET), al apresar y retener a los
choferes y vehículos arbitrariamente, además del
cobro compulsivo de multas por presuntas violaciones a la ley de tránsito 241.
EL presidente de la FJT, Trajano Potentini, advirtió a las autoridades de la AMET, que deben descontinuar esa práctica y cumplir en lo inmediato con la sentencia del TC, incluso extensiva a los vehículos que tengan retenidos al día de hoy, puesto que de lo contrario se estarían arriesgando a ser demandados no solo como institución, sino también en la persona de su director por responsabilidad patrimonial.
La nota de
prensa emitida a este periódico digitan informa que Potentini afirmó que el
Tribunal Constitucional con esta sentencia le da sentido al denominado Estado
Social y Democrático de Derecho, previsto en el artículo 7 de la constitución,
convirtiéndose esta jurisdicción en un verdadero guardián de la tutela y
protección de los derechos fundamentales de los dominicanos.
La entidad
de sociedad civil llamó también la atención del Procurador General de la
República, a los fines de que tome conocimiento y observe rigurosamente la
sentencia del TC, en razón de que ellos venían apoyando y participando del
accionar de la AMET, con la negación de una serie de servicios vitales para los
dominicanos, tales como ponerles trabas a la realización de ciertas diligencias
personales, imponiéndole además a las personas medidas de coerción, cuyo
ejercicio es propio de los tribunales, tales como impedimento de salida,
imposibilitándoles a los ciudadanos ejercer su derecho al libre tránsito, como
se ha dado en la práctica, al negarle a los ciudadanos por multas pendientes
los derechos y servicios de obtener un pasaporte o un certificado de buena
conducta.
Finalmente la
FJT destaca que la sentencia del TC, más bien lo que viene es a ratificar que
la multa es una pena y que solo los jueces del sistema judicial son los únicos
que están facultados para imponer multas, esto así previo a un juicio, con
todas las garantías legales y por sentencia. De ahí que la AMET no tiene ni ha
poseído facultad legal, salvo algunas y contadas excepciones tasadas
específicamente por la ley, para apresar y retener vehículos, los cuales solo
devuelven cuando se ha pagado lo que ellos establecen sin mediar autoridad o
proceso alguno, convirtiéndose en una maquinaria salvaje y despiadada de
recaudación de fondos, ajena a sus propósitos y funciones.
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